Miembro Federado a

Miembro Asociado a 

 

De los socios o miembros

Artículo 5º.- La sociedad estará formada por personas naturales o jurídicas con personalidad vigente, con formación académica en la especialidad y que desarrollen habitualmente alguna actividad relacionada con la Ergonomía, y que no se encuentren afiliados, dentro del país, a otras entidades de igual naturaleza que la Sociedad.

Los miembros asociados quedan sujetos a las disposiciones que establecen estos estatutos y a los Reglamentos que dicte en el futuro esta Corporación.

a.La Sociedad Chilena de Ergonomía acoge, en sus diferentes categorías de miembros, a todas las personas interesadas en la ergonomía como disciplina:

Tipos de miembro:

1. Miembro Asociado:

Puede optar a esta categoría cualquier persona que tenga interés en la Ergonomía, independientemente de su formación o experiencia previa en el tema, y que desee ser miembro de la Sociedad.

Los Asociados tendrán libre acceso a las reuniones de la sociedad, precios preferenciales en los eventos que esta organice y publicaciones que efectúe; recibirán en forma gratuita el Boletín Electrónico y podrán participar en sus comités de trabajo.

Podrán avanzar hacia Miembro Titular de acuerdo con su formación y experiencia.

2. Miembro Titular:

Son aquellos miembros que están capacitados para el ejercicio de las actividades relacionadas a la Ergonomía. Para optar a esta categoría se deberá demostrar experiencia profesional o académica en el ejercicio de la Ergonomía. Los Miembros Titulares deben respetar el Código de Conducta Profesional de la Sociedad.

Los Titulares tendrán libre acceso a las reuniones de la sociedad y precios preferenciales en los eventos que esta organice y publicaciones que efectúe; recibirán en forma gratuita el Boletín Electrónico y podrán participar en los Comités de Trabajo.

Podrán avanzar a Miembro certificado según la revisión de antecedentes del organismo certificador.

Los Miembros Titulares podrán firmar usando la sigla M. S. Ch. Ergo para dar cuenta de su calidad de tales.

3. Miembro Certificado:

Corresponde a Miembros titulares que han superado el proceso de certificación de especialista en ergonomía.

Tendrán libre acceso a las reuniones de la sociedad y precios preferenciales en los eventos que esta organice y publicaciones que efectúe; recibirán en forma gratuita el Boletín Electrónico y podrán participar en los Comités de Trabajo y deberán presentar trabajos de desarrollo de la especialidad en congresos y otras instancias similares.

Los Miembros Certificados podrán firmar usando el número de registro de especialista en ergonomía certificado, EEC. y serán recomendados cuando la sociedad reciba solicitudes para servicios, proyectos y licitaciones contando con el respaldo de la sociedad.

4. Miembro Corporativo:

Pueden optar a esta categoría las organizaciones públicas o privadas sin fines de lucro con interés en la ergonomía o en el trabajo de la Sociedad, a fin de establecer mutua colaboración en gestión de la especialidad. la Determinación de miembro corporativo se realizará al celebrar convenios entre ambas instituciones.

Socios Activos